Exportadores

Se considera exportador cualquier empresa que saque del país a través de una transacción comercial productos que previamente ya habrían sido puestos en el mercado en España y declarados como AEE dentro de la normativa RAEE. Puede pedir la devolución del coste de gestión de estos productos ya que el residuo final se generará en otro país que no será España y dichas obligaciones deben ser cubiertas por el importador en origen.
 
Para los exportadores de aparatos de alumbrado facilitamos estas plantillas que les ayudará a gestionar los tramites:
 
  1. Procedimiento devolución de coste RAEE. (Descargar PDF)
  2. ANEXO I: Modelo de solicitud. (Descargar Word)
  3. ANEXO II: Modelo de carta de manifestaciones. (Descargar PDF)
  4. ANEXO III: Solicitud de devolución del coste RAEE por exportación. (Descargar XLS)
  5. ANEXO IV: Solicitud de devolución del coste RAEE por exportación. (Descargar XLS)

ADHERIDOS