Sí, las lámparas deben estar marcadas con un símbolo específico que las identifique como RAEE.

Con objeto de reducir al máximo la eliminación de RAEE como residuos urbanos no seleccionados y de facilitar su recogida de modo selectivo, el RD RAEE obliga a los productores a marcar debidamente con el símbolo ilustrado los aparatos eléctricos y electrónicos que salgan al mercado después del 13 de agosto de 2005. El símbolo que indica la recogida selectiva de aparatos eléctricos y electrónicos es el contenedor de basura tachado, tal como aparece representado a continuación y que se estampará de manera visible, legible e indeleble en el aparato eléctrico o electrónico.

Además, los productores deberán marcar sus productos de forma que sea posible identificar claramente al fabricante (marca comercial, marca registrada) e incluir la fecha en la que se incorpora el símbolo (con o sin código, mientras que en el sector está extendido el uso de una barra bajo el contenedor de basura tachado).

La Norma europea EN50419 (CENELEC) ofrece más información detallada sobre el modo en que se deben marcar los aparatos eléctricos y electrónicos.