¿POR QUÉ RECICLAR
LÁMPARAS Y LUMINARIAS?
 
El Real Decreto 110/2015, que regula todo lo relativo a la gestión de los aparatos eléctricos y electrónicos una vez finalizada su vida útil, recoge las bombillas y luminarias que debemos reciclar:
 
a) Anexo I, Categorías y subcategorías de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) hasta el 14 de agosto de 2018, categoría 5:
 
Lámparas de descarga de gas: fluorescentes rectas, compactas, de descarga de alta intensidad, de sodio de presión y de haluros metálicos
> Lámparas LED
> Luminarias profesionales
> Otros aparatos de alumbrado y aparatos utilizados para difundir o controlar luz con excepción de bombillas de filamentos.
 
b) Anexo III, Categorías y subcategorías de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) a partir del 15 de agosto de 2018:
 
- Categoría 3:
> Lámparas de descarga (mercurio) y lámparas fluorescentes
> Lámparas LED
- Categoría 4: Luminarias de dimensión exterior superior a 50 cm
- Categoría 5: Luminaria de dimensión exterior inferior a 50 cm
 
Estas lámparas y luminarias están formadas por materiales que podemos recuperar y reciclar en pro de defender el medio ambiente. Además, algunas lámparas poseen en su interior pequeñas cantidades de mercurio que debemos controlar para evitar su emisión al medio ambiente.